XL Congreso Nacional y I Congreso Virtual de la semFYC - Valencia
del 15 de septiembre al 6 de octubre de 2020
Enfoque individual
Hombre de 78 años con antecedentes de cardiopatía isquémica, diabetes mellitus tipo 2 de larga evolución con insuficiencia renal crónica estadío 5 desde hace seis meses, presenta desde hace un año derrame pericárdico severo con indicación de pericardiocentesis que ha rechazado.
En su revisión cardiológica el paciente expone su negación a ser tratado con diálisis y corrobora su rechazo a la pericardiocentesis. Ha dejado constancia de esto en el documento de voluntades anticipadas. La cardióloga decide darle el alta.
Enfoque familiar y comunitario
Vive con su mujer y su hijo. Apoyan su decisión.
Juicio clínico, diagnóstico diferencial, identificación de problemas
Rechazo al tratamiento.
¿Es competente para tomar esta decisión?
Tratamiento y planes de actuación
Bajo un modelo clínico paternalista entrarían en colisión el principio de autonomía ejercido por el paciente al expresar su rechazo al tratamiento y los de beneficencia y no maleficiencia por parte del profesional de proteger la vida del paciente, en donde no se tienen en cuenta su opinión, creencias y valores.
La Ley de autonomía 41/2002 lo aclara: “Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito\".
Acatar este derecho, por parte del médico, implica dar información adecuada y valorar la capacidad de toma de decisiones del paciente. Para ello:
Se informó sobre su situación clínica y el desenlace fatal que podía implicar su decisión, respetándola.
Se citó para aplicar el cuestionario C4- Servet de cuatro preguntas abiertas que valora los principales componentes de la capacidad mental: compresión, apreciación, razonamiento y expresión de la elección.
Evolución
El resultado de persona capaz para decidir rechazar los tratamientos se registró en su historia clínica.
Es fundamental que los profesionales sanitarios entendamos el modelo clínico autonomista en el que no se puede actuar sobre una persona sin su consentimiento, incluso cuando el rechazo al tratamiento conlleve consecuencias negativas. Bajo esta premisa, el profesional no podrá atenerse ni ética ni legalmente a una supuesta \"objeción de conciencia\", deberá implicarse en buscar alternativas pero nunca abandonará al paciente.
Es deber del médico responsable, en este caso la médica de familia, valorar la competencia del paciente.
La elección del cuestionario de cribado C-4 Servet se basó en su fácil aplicación.